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La hipoteca.
La hipoteca es un derecho real y se
formaliza con una escritura pública ante Notario. Además la hipoteca debe
inscribirse en el registro de la propiedad. Si somos los dueños del bien
hipotecado, tenemos que hacer frente a la obligación garantizada que normalmente
es devolver el dinero prestado más sus correspondientes intereses en el plazo
establecido.

La Hipoteca es una garantía real que se formaliza sobre un bien, como por
ejemplo una vivienda, que no es entregado al acreedor, pero que este tiene el
derecho a ser pagado con el valor del bien en el caso de que se incumpla la
obligación que se ha garantizado, en el grado de preferencia establecido por la
ley.
Generalmente se habla de hipoteca, para referirnos al préstamo hipotecario
formalizado al adquirir una vivienda. Bajo el término hipoteca se engloban
múltiples y muy diferentes productos que ofrecen bancos y cajas de
ahorro con los que poder así adquirir un inmueble. Hipoteca Multidivisas,
Hipoteca Puente, Hipoteca Inversa, Hipoteca a interés fijo o variable, Hipotecas
a 40 años... son sólo algunos ejemplos. Pero hemos de diferenciar entre lo que
es la hipoteca y la obligación garantizada.
La entidad financiera se asegura el pago del dinero
prestado más sus correspondientes intereses, a través de la hipoteca, pues está
se constituye en un derecho real de garantía y de realización de valor. El bien, que muchas
veces es una vivienda, queda en manos del dueño, es decir, del que ha pedido el
préstamo al banco para poder efectuar la compra, y podrá disfrutar de dicho bien, pero el acreedor hipotecario,
si la deuda garantizada no se satisface en el tiempo que se había pactado, puede
poner en marcha la venta de la vivienda o el bien que se ha gravado con la
hipoteca.
La hipoteca es un derecho real y se formaliza con una
escritura pública ante Notario. Además la hipoteca debe inscribirse en el
registro de la propiedad.
El dueño de la vivienda o el bien hipotecado, tienen
entonces que hacer frente a la llamada obligación garantizada. Generalmente
consiste en devolver el préstamo que se entregó y en cumplir todas las
responsabilidades que se contrajeron.
La entidad financiera nos concede un préstamo
hipotecario. Se trata de una suma de dinero, que se denomina capital y que
se ha prestado al nuevo dueño del bien hipotecado. También se ha establecido un plazo, en le que se pagará el
capital y todo lo que se derive. Se trata de pagos periódicos que normalmente se
conocen como cuotas mensuales. Hay que tener presente, que no devolveremos solo
el capital, sino todos los intereses que se crean por la suma de dinero
prestado. El interés también constituye un factor fundamental en la obligación
garantizada. El interés señala el porcentaje que se debe satisfacer al acreedor
hipotecario. Este interés normalmente se determina mediante los Índices de
Referencia de los Prestamos Hipotecarios. Mayoritariamente se utiliza el
Euribor, aunque también existen otros índices como el IRPH. A estos índices de
referencia, normalmente se les añade un diferencial.
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